por la cual se aprueba el "Tratado por el que se prohíben los ensayos con Armas Nucleares en la Atmósfera, el Espacio Ultraterrestre y Debajo del Agua"

Rango Ley
Publicación 1969-10-27
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo único. Apruébase el "Tratado por el que se prohiben los ensayos con Armas Nucleares en la Atmósfera, el Espacio Ultraterrestre y Debajo del Agua, suscrito en Moscú el 5 de agosto de 1963, que a la letra dice:

"Tratado por el que se prohiben los ensayos con Armas Nucleares en la Atmósfera, el Espacio Ultraterrestre y Debajo del Agua.

Los Gobiernos de los Estados Unidos de América, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, llamadas en adelante en el presente las "Partes Originales".

Proclamando como su designio principal el obtener lo más rápidamente posible un convenio sobre desarme general y completo bajo estricto control internacional de acuerdo con los objetivos de las Naciones Unidas, que ponga fin a la carrera armamentista y elimine el incentivo de la producción y prueba de toda clase de armas, inclusive las armas nucleares.

Aspirando a obtener el cese de todas las explosiones de prueba de armas nucleares para siempre, determinadas a continuar las negociaciones con esta finalidad y deseando ponerle fin a la contaminación del medio ambiente del hombre por las sustancias radioactivas.

Han convenido lo siguiente:

ARTICULO I

ARTICULO II

ARTICULO III

ARTICULO IV

Este Tratado será de duración ilimitada.

Cada Parte, al ejercer su soberanía nacional, tendrá derecho de retirarse del Tratado si decide qué acontecimientos extraordinarios, relacionados con la materia de este Tratado, han perjudicado los intereses supremos de su país.

Se dará aviso de dicho retiro a todas las otras Partes del Tratado con tres meses de anticipación.

ARTICULO V

Este Tratado, cuyos textos inglés y ruso son igualmente auténticos, será depositado en los archivos de los Gobiernos Depositarios. Los Gobiernos Depositarios enviarán copias debidamente certificadas de este Tratado a los Gobiernos que lo firmen y consientan en él.

En fe de lo cual, los suscritos, debidamente autorizados, han firmado este Tratado.

Hecho por triplicado en la ciudad de Moscú el 5 de agosto de 1963.

Por el Gobierno de los Estados Unidos de América (fdo.), Deán Rusk.

Por el Gobierno del Reino Unido de la Gran Bretaña y de Irlanda del Norte (fdo), Home.

Por el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas: (fdo), A. Gromiko.

Siguen nombres de Gobiernos, firmas y fechas.

Certifico que la anterior es una copia fiel del Tratado por el que se prohiben los ensayos con Armas Nucleares en la Atmósfera, el Espacio Ultraterrestre y Debajo del Agua, firmado en Moscú el 5 de agosto de 1963; en representación de los Estados Unidos de América, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, un original firmado el cual está depositado en la respectiva oficina del Gobierno de los Estados Unidos de América y fue abierto el 8 de agosto de 1963, para su firma en nombre de los otros Estados en Washington.

En fe de lo cual, yo, George W. Ball, Secretario Interino de Estado de los Estados Unidos de América, he ordenado que le sea puesto al presente el sello del Departamento de Estado, y que le sea suscrito mi nombre por el funcionario de autenticaciones de dicho Departamento, en la ciudad de Washington, Distrito de Columbia, hoy 9 de agosto de 1963.

(Fdo.), George W. Ball, Secretario de Estado Interino. (Fdo.), Bárbara Hartman, Funcionario de Autenticaciones del Departamento de Estado.

Sello, en relieve, del Departamento de Estado.

Es traducción fiel y completa. Traductor (fdo.), José Nilo Bernier B.

Bogotá, 30 de diciembre de 1963.

Rama Ejecutiva del Poder Público. Presidencia de la República.

Bogotá, D.E., 18 de noviembre de 1964

Aprobado. Sométase a la consideración del Congreso Nacional, para los efectos constitucionales.

((Fdo.), GUlLLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Relaciones Exteriores, (fdo.),

Fernando Gómez Martínez".

Es copia del texto del "Tratado por el que se prohiben los ensayos con Armas Nucleares en la Atmósfera, el Espacio Ultraterrestre y Debajo del Agua", que reposa en los archivos de la Cancillería, debidamente certificado por el Secretario de Estado Interino de los Estados Unidos de América, y traducido del inglés al castellano por el señor traductor oficial del Ministerio.

José María Morales Suárez,

Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Bogotá, D.E., julio de 1967.

Dada en Bogotá, D.E., a 1o. de octubre de 1969.

El Presidente del Senado,

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

JAIME SERRANO RUEDA

El Secretario del Senado,

Amaury Guerrero

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Eusebio Cabrales Pineda

República de Colombia. Gobierno Nacional.

Bogotá, D.E., 16 de octubre de 1969.

Publíquese y ejecútese.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado,

Daniel Henao Henao.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Carlos Gustavo Arrieta.

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