Sobre celebración del aniversario de la Independencia nacional

Rango Ley
Publicación 1873-05-16
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos de Colombia

DECRETA:

Art. 1.° Declárase dia festivo para la República el 20 de julio, como aniversario de la proclamacion de la Independencia nacional en 1810.
Art. 2.° Señálase la suma de dos mil pesos anuales para la celebración de esta fiesta patriótica.

Dada en Bogotá, a ocho de mayo de mil ochocientos setenta i tres.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, Eujenio Baena.

El Presidente de la Cámara de Representantes, J. M. Maldonado Neira.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, Julio E. Pérez.

El Secretario de la Cámara de Representantes, José María Quijano Otero.

Bogotá, 8 de mayo de 1873.

Publíquese i ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L.S.) M. MURILLO.

El Secretario de lo interior i Relaciones Esteriores, Jil Colunje.

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