por la cual se ratifica la Convención Postal Panamericana de Méjico y los Convenios adicionales, y se autoriza al Gobierno para establecer y reglamentar los servicios de que ellos tratan
El Congreso de Colombia
Decreta:
Artículo 1° Ratifícase la Convención Postal Panamericana con su Reglamento de ejecución y los Convenios adicionales firmados en Méjico el 9 de noviembre de 1926, junto con los protocolos finales.
Artículo 2° Autorízase al Poder Ejecutivo para establecer y reglamentar, cuando lo estime conveniente, los servicios de que hablan los documentos mencionados en el artículo anterior.
Dada en Bogotá a ocho de octubre de mil novecientos veintiocho.
El Presidente del Senado, Eliseo GOMEZ JURADO-El Presidente de la Cámara de Representantes, José Rafael UNDA-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 11 de 1928.
Publíquese y ejecútese.
MIGUEL ABADIA MENDEZ.
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Jesús GARCIA.
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