por la cual se declara válida una Ordenanza y se hace manifiesta una atribución de las Asambleas departamentales
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Art. 1.º Declárase valida la Ordenanza número 16 del corriente año, por la cual la Asamblea de Boyacá asume la facultad de nombrar los miembros del Tribunal de Cuentas del Departamento, y provisionalmente el Síndico del Colegio de Boyacá.
Art. 2.º Corresponde de derecho á las Asambleas departamentales nombrar los Contadores ó Magistrados de las Oficinas de Cuentas de los Departamentos.
Art. 3.º Las faltas accidentales ó absolutas de los miembros de esas Oficinas serán llenadas por los respectivos suplentes, y á falta de estos, en virtud de nombramientos interinos que harán los Gobernadores, quienes los someterán á la aprobación de la Asamblea en las sesiones inmediatas.
Dada en Bogotá, á 31 de Octubre de 1903.
El Presidente del Senado, J. M. URICOECHEA-El Presidente de la Cámara de Representantes, AUGUSTO N. SAMPER -El Secretario del senado,Miguel A. Peñaredonda-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 31 de 1903.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.)JOSÉ MANUEL MARROQUÍN
El Subsecretario del Ministerio del Tesoro, encargado del Despacho,
JOSÉ M. CORDOVEZ MOURE.
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