Por la cual se honra la memoria de un eminente colombiano (Tulio Enrique Tascón)
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. El Congreso de Colombia honra la memoria del doctor Tulio Enrique Tascón.
Artículo 2°. El Gobierno Nacional procederá a editar las obras de derecho del doctor Tascón, con destino a las universidades del país, en las cuales se distribuirá gratuitamente.
Artículo 3°. Un retrato al óleo del doctor Tascón será colocado en la Academia Colombiana de Jurisprudencia.
Artículo 4°. Las partidas necesarias para el cumplimiento de esta Ley se incluirán en el presupuesto de Rentas y Gastos de la próxima vigencia, y si así no se hiciere, el Gobierno queda facultado para abrir los créditos indispensables.
Artículo 5°. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a 12 de diciembre de1958.
El Presidente del Senado,
DIEGO TOVAR CONCHA.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
ENRIQUE PARDO PARRA
El Secretario General del Senado,
Jorge Manrique Terán.
El Secretario General de la Cámara de Representantes,
Luis Alfonso Delgado.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., veintisiete de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho.
Publíquese y ejecútese.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Fomento encargado del Despecho de Hacienda y Crédito Público,
Rafael Delgado Barreneche.
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