por medio de la cual se aprueba el "Protocolo relativo a una enmienda al artículo 50, a), del Convenio de Aviación Civil Internacional", firmado en Montreal el 16 de octubre de 1974

Rango Ley
Publicación 1980-01-24
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo primero.Apruébase el "Protocolo relativo a una enmienda alartículo 50, a), del Convenio sobre Aviación Civil Internacional", firmado en Montreal el 16 de octubre de 1974, que a la letra dice:

PROTOCOLO

Relativo a una enmienda al artículo 50, a), del Convenio sobre Aviación Civil Internacional firmado en Montreal el 16 de octubre de 1974.

La Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional, habiéndose reunido en su vigésimo primer período de sesiones en Montreal el 14 de octubre de 1974;

Habiendo tomado nota del deseo general de los Estados Contratantes de aumentar el número de miembros del Consejo;

Habiendo considerado que es procedente crear tres puestos más en el Consejo y, en consecuencia, que el número de puestos se aumente de treinta a treinta y tres, a fin de permitir que se incremente la representación de los Estados que se eligen en la segunda y, en particular, en la tercera parte de la elección, y

Habiendo considerado que, a tal fin, es necesario modificar el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, hecho en Chicago el 7 de diciembre de 1944,

"Que en el párrafo a) del artículo 50 del Convenio se enmiende la segunda frase, sustituyendo treinta' portreinta y tres'".

Por lo tanto, de acuerdo con la mencionada decisión de la Asamblea, el presente Protocolo ha sido redactado por el Secretario General de la Organización;

En testimonio de lo cual, el Presidente y el Secretario General del XXI período de sesiones de la Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional, debidamente autorizados por la Asamblea, firman el presente Protocolo.

Hecho en Montreal el diez y seis de octubre del año de mil novecientos setenta y cuatro, en un documento único redactado en los idiomas español, francés e inglés, cada uno de los cuales tendrá la misma autenticidad. El presente Protocolo quedará depositado en los archivos de la Organización de Aviación Civil Internacional y el Secretario General de la Organización transmitirá copias certificadas conformes del mismo a todos los Estados Partes en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional hecho en Chicago el siete de diciembre de 1944.

Es copia fiel y auténtica. Dirección de Asuntos Jurídicos. (Fdo.), ilegible. Hay un sello que dice OACI.

Rama Ejecutiva del Poder Público - Presidencia de la República. - Bogotá, D. E., 24 de octubre de 1978.

Aprobado.- Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

(Fdo.) JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores, (Fdo.) Diego Uribe Vargas".

Es fiel copia del texto certificado del Protocolo relativo a una enmienda al artículo 50, a), del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, firmado en Montreal el 16 de octubre de 1974, que reposa en los archivos de la División de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

(Fdo.) Humberto Ruíz Varela, Jefe de la División de Asuntos Jurídicos.

Bogotá, D. E., agosto de 1979.

Artículo segundo.Esta Ley entrará en vigencia una vez cumplidos los requisitos establecidos en la Ley 7a. del 30 de noviembre de 1944, en relación con el Protocolo que por esta misma Ley se aprueba.

Dada en Bogotá, D. E., a los veinte días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y nueve.

El Presidente del Senado,

HECTOR ECHEVERRI CORREA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

ADALBERTO OVALLE MUÑOZ

El Secretario General del Senado,

Amaury Guerrero.

El Secretario General de la Cámara de Representantes,

Jairo Morera Lizcano.

República de Colombia - Gobierno Nacional. Bogotá, D. E., 21 de diciembre de 1979.

Comuníquese y ejecútese.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Diego Uribe Vargas.

El Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, encargado,

Teniente Coronel Alberto Guzmán Molina.

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