por la cual se decreta una espada de honor

Rango Ley
Publicación 1896-11-26
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

CONSIDERANDO:

1º. Que el "Soldado de la Autoridad," benemérito General D. Rafael Reyes, á la cabeza de un puñado de valientes, dio el primer golpe á los revolucionarios de 1895, en el memorable combate de la Tribuna;

2º. Que el Ejército nacional obtuvo el día 15 de Marzo de 1895 gloriosa victoria en el campo de Raciso, bajo las órdenes del esforzado campeón de la legitimidad, señor General D. Rafael Reyes;

3º. Que en esta última jornada quedó definitivamente vencida la rebelión, y afianzado el régimen constitucional; y

4º. Que es un deber patriótico tributar el homenaje de la gratitud del pueblo colombiano, al ilustre caudillo que en breve y heroica campaña consiguió la pacificación del país y aseguro el reinado del orden y de la tranquilidad social,

DECRETA:

Artículo único. El Poder Ejecutivo á nombre del Congreso, presentará al General en Jefe D. Rafael Reyes, una espada de honor con empuñadura de oro, que llevará la siguiente inscripción: "El Congreso de Colombia al ilustre General Rafael Reyes, pacificador de la República en 1895."

Parágrafo. Los gastos que ocasione el cumplimiento de esta Ley se consideraran incluidos en el Presupuesto de la vigencia en curso.

Dada en Bogotá, á tres de Noviembre de mil ochocientos noventa y seis.

El Presidente del Senado,

RAFAEL M. PALACIO.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

IGNACIO PALÁU.

El Secretario del Senado,

Camilo Sánchez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Miguel A. Peñaredonda.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 3 de noviembre de 1896.

Publíquese y ejecútese,

(L.S.) M. A. CARO.

El Ministro de Gobierno,

ANTONIO ROLDÁN.

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