Por la cual se provee al saneamiento y mejora del puerto de Santa Marta
El Congreso de Colombia,
decreta:
Artículo 1° Con el fin de atender al embellecimiento del puerto de Santa Marta, defenderlo de las invasiones del mar y al buen servicio: de las oficinas nacionales, el Gobierno procederá a la mayor brevedad posible a la construcción de las siguientes obras en la mencionada ciudad: la de las oficinas del Resguardo con un muelle adecuado al servicio de éste; la de un malecón desde la Estación Sanitaria hasta los muelles del ferrocarril de Santa Marta y la de un edificio destinado a la Administración de Correos y Telégrafos.
Parágrafo. Igualmente pedirá al Exterior dos lanchas de gasolina para la visita del médico oficial a los vapores y demás servicios del puerto.
Artículo 2° Para atender a los gastos de que trata el artículo anterior se destina la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250,000) que se incluirá en la Ley de Apropiaciones de la próxima vigencia.
Artículo 3° Destinase igualmente la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000) para la construcción de un acueducto moderno y para ayudar al saneamiento de la ciudad de Santa Marta en las obras de pavimentación y de alcantarillado. Dicha suma se considerará incluida en la Ley de Apropiaciones de la próxima vigencia.
Artículo 4° Destinase la suma de treinta mil pesos ($ 30,000) para la ornamentación y modernización de la Catedral de Santa Marta. Esta suma se incluirá en la Ley de Apropiaciones de la próxima vigencia y se entregará al Ilustrísimo señor Obispo de la Diócesis de Santa Marta.
Dada en Bogotá a quince de noviembre de mil novecientos veintiséis.
El Presidente del Senado, Marcelino Uribe Arango-El Presidente de la Cámara de Representantes, Rodolfo Danies-El Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 18 de 1926.
Publíquese y ejecútese.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, J. A. GOMEZ RECUERO.
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