por la cual se aumenta la partida destinada al camino nacional del Progreso

Rango Ley
Publicación 1920-11-11
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1° Elevase a doce mil pesos ($ 12,000) la partida anual de seis mil pesos ($ 6,000) asignada para la construcción del camino nacional del "Progreso" (Tunja a Miraflores, hasta un punto navegable sobre el rio Upia).
Artículo 2° Aprópiase en el Presupuesto Nacional de gastos vigente, la suma de seis mil pesos ($ 6,000) para completar los doce mil pesos ($ 12,000) a que se refiere el artículo anterior.

Dada en Bogotá a nueve de noviembre de mil novecientos veinte.

El Presidente del Senado, Miguel ARROYO DIEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, Jesús GOMEZ GONZALEZ-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 9 de 1920.

Publíquese y ejecútese.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, Esteban JARAMILLO.

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