por la cual se aumenta la partida destinada al camino nacional del Progreso
El congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1° Elevase a doce mil pesos ($ 12,000) la partida anual de seis mil pesos ($ 6,000) asignada para la construcción del camino nacional del "Progreso" (Tunja a Miraflores, hasta un punto navegable sobre el rio Upia).
Artículo 2° Aprópiase en el Presupuesto Nacional de gastos vigente, la suma de seis mil pesos ($ 6,000) para completar los doce mil pesos ($ 12,000) a que se refiere el artículo anterior.
Dada en Bogotá a nueve de noviembre de mil novecientos veinte.
El Presidente del Senado, Miguel ARROYO DIEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, Jesús GOMEZ GONZALEZ-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 9 de 1920.
Publíquese y ejecútese.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, Esteban JARAMILLO.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.