Por la cual se honra la memoria del doctor Fabio Lozano Torrijos

Rango Ley
Publicación 1948-01-07
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1º. La Republica honra la memoria ilustre del doctor Fabio Lozano Torrijos.
ARTICULO 2º. En el Cementerio Central de Bogotá se construirá un mausoleo para guardar los restos del esclarecido colombiano.
ARTICULO 3º. En la población de Santa Ana - hoy Falan - se construirá un edificio destinado a escuela, que lleve su nombre, y se erigirá un busto como homenaje nacional a su memoria.
ARTICULO 4º. En el salón principal de la Gobernación del Tolima se colocara un retrato al óleo del doctor Fabio Lozano Torrijos.
ARTICULO 5º. El Gobierno editara una antología de las producciones literarias y políticas del doctor Lozano.
ARTICULO 6º. Para el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley destinase hasta la suma de sesenta mil pesos ($60.000).
ARTICULO 7º. Sendas copias autógrafas de esta Ley se entregaran a los hijos del doctor Lozano.
ARTICULO 8º. Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a doce de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete.

El Presidente del Senado, ALONSO ARAGON QUINTERO, El Presidente de la Cámara de Representantes, JESUS M. ARIAS.--El Secretario del Senado Carlos V. Rey. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Ignacio Amaris G.

República de Colombia. Gobierno Nacional.

Bogotá, diciembre veintitrés de mil novecientos cuarenta y siete.

Publíquese y ejecútese.

MARIANO OSPINA PEREZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, J. M. BERNAL. El Ministro de Educación Nacional, Joaquín Estrada MONSALVE.

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