Sobre reducción i civilización de indíjenas
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia,
decreta:
Art. 1º. Derogado.
Art. 2º. Derogado.
Art. 3º. Derogado.
Art. 4º. Derogado.
Art. 5.º Derogado.
Art. 6º. Derogado.
Art. 7.º Derogado.
Art. 8º. Derogado.
Art. 9º. Derogado.
Art. 10. Derogado.
Art. 11. Derogado.
Art. 12. Derogado.
Art. 13. Derogado.
Art. 14. Derogado.
Art. 15. Derogado.
Art. 16. Derogado.
Art. 17. Derogado.
Art. 18. Derogado.
Art. 19. Derogado.
Art. 20. Derogado.
Dada en Bogotá, a veinte de junio de mil ochocientos setenta i cuatro.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, Luis Capella Toledo.
El Presidente de la Cámara de Representantes, Mateo Iturralde.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, Julio E. Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes,J. David Guarin.
Bogotá, 1.º de julio de 1874.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) S. Pérez.
El Secretario de Guerra y Marina encargado del despacho de lo Interior i Relaciones Esteriores,
R. Santo domingo Vila.
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