que da una autorización al Presidente de la República
El Consejo Nacional Legislativo
DECRETA:
Artículo único. Autorízase al Presidente de la Republica para destinar del Tesoro público la suma de ocho mil pesos ($8.000) en oro, a la fundación de una beca perpetua en el Colegio Pio-Latino Americano existente en la ciudad de Roma.
El Presidente será Patrono de esta fundación.
Dada en Bogotá, a veintitrés de Noviembre de mil ochocientos ochenta y seis.
El Presidente, Juan De D. Ulloa. El Vicepresidente, José María Rubio Frade. El Secretario, Roberto de Narváez. El Secretario, Julio A. Corredor.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 23 de 1886.
Publíquese y ejecútese.
(L.S.) J. M. CAMPO SERRANO.
El Ministro de Instruccion Pública,
José Domingo Ospina C.
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