por la cual se auxilia el Santuario de Nuestra Señora del Milagro, de la ciudad de Tunja

Rango Ley
Publicación 1964-01-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Declárase monumento nacional el "Santuario de Nuestra Señora del Milagro" (Nuestra Señora del Topo), Convento y templo de las Monjas Concepcionistas de la ciudad de Tunja, joya extraordinaria del arte colonial.
Artículo 2° Auxíliase al Convento de las Monjas Concepcionistas de la ciudad de Tunja, con la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000.00) moneda corriente, para la restauración, conservación y embellecimiento del Santuario de Nuestra Señora del Milagro, antes mencionado.
Artículo 3° El Gobierno Nacional pagará el auxilio a que se refiere el artículo anterior al Gobierno Departamental, para que éste contrate con las formalidades legales acostumbradas, un experto en arte colonial, para lo cual consultará con la Academia Boyacense de Historia.
Artículo 4° El Gobierno Nacional hará las operaciones presupuestales a que hubiere lugar en la próxima vigencia para que la presente Ley tenga cumplimiento.
Artículo 5° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D E., a 4 de diciembre de 1963.

El Presidente del Senado,

AUGUSTO ESPINOSA VALDERRAMA.

El Presidente de la Cámara,

MANUEL CASTRO TOVAR.

El Secretario del Senado,

Néstor Eduardo Niño Cruz.

El Secretario de la Cámara,

Néstor Urbano Tenorio.

República de Colombia.- Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., diciembre 23 de 1963.

Publíquese y ejecútese.

GUILLERMO LEON VALENCIA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

CARLOS SANZ DE SANTAMARIA.

El Ministro de Educación Nacional,

PEDRO GOMEZ VALDERRAMA.

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