POR LA CUAL SE DESTINA UNA SUMA PARA UNA CARRETERA, SE FACULTA AL GOBIERNO PARA CONTRATAR SU CONSTRUCCION Y SE DA UNA AUTORIZACION AL MUNICIPIO DE MARULANDA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.º Destínase la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000), hasta su terminación, para la carretera de Ocaña a Aguasclaras y a los puestos de la Provincia, carretera cuya construcción ordena la Ley 106 de 1927.
Esta suma será incluída precisamente en los Presupuestos Nacionales y de las próximas vigencias; y en caso de que no lo fuere, el Gobierno queda facultado para abrir los créditos extraordinarios que sean necesarios para el cumplimiento de esta Ley.
Artículo 2.º Facúltase al Gobierno para contratar la construcción de la obra a que se refiere el artículo anterior, dividida en los siguientes sectores:
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- º De Ocaña a Aguasclaras.
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- º De Aguasclaras a Teorama, Convención y San Calixto.
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- º De Convención a El Carmen.
Parágrafo. Autorízase así mismo al Gobierno para ordenar la construcción de un camino carreteable que una a la ciudad de El Carmen con el puerto de San Bernardino sobre el rio Magdalena, como terminal de la vía nacional de "La Arenosa." Para la ejecución de esta obra se apropiará en los Presupuestos la suma de veinticinco mil pesos ($ 25,000) anuales, hasta su terminación.
Artículo 3.º Considérese como parte integrante de esta carretera, el trazado que una con ella a los pueblos de Rio de Oro y Loma de González, en el Departamento del Magdalena, a cuya construcción destinará el Gobierno hasta el veinticinco por ciento (25 por 100) de las sumas que se votan para la obra.
Artículo 4.º La mitad del auxilio de que trata el artículo 2. º de la Ley 19 de 1926 se podrá destinarlo el Municipio de Marulanda a la terminación del alumbrado público municipal.
Artículo 5.º Esta Ley regirá desde su sanción
Dada en Bogotá a veintidós de octubre de mil novecientos veintiocho.
El Presidente del Senado, Gabriel R. GONZALEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, José Rafael UNDA-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 26 de 1928.
Publíquese y ejecútese.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas, Sotero PEÑUELA.
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