Por la cual se crea el Ministerio de Justicia y se confirman unas autorizaciones
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1º Créase el Ministerio de Justicia que tendrá a su cargo la vigilancia y control del funcionamiento del Órgano Judicial; los establecimientos de detención, pena y medidas de seguridad; la policía judicial y los demás asuntos que le asigne la ley, relacionados con la administración de justicia, la represión y la prevención de la delincuencia y la reforma de la legislación civil penal.
ARTICULO 2° En la prelación de los Ministerios, el de Justicia ocupará el tercer lugar entre el de Relaciones Exteriores y el de Hacienda y Crédito Público.
ARTICULO 3º El Presidente de la República organizará el Ministerio de Justicia, dentro de los lineamientos generales, queda y de acuerdo con los antecedentes de esta Ley. En consecuencia, queda facultado para trasladar o suprimir los empleos que considere innecesarios en el Ministerio de Gobierno y en la Procuraduría General de la Nación; para crear los que estime indispensables para regular el funcionamiento del nuevo Ministerio y para fijar las correspondientes asignaciones.
ARTICULO 4º Las atribuciones, facultades y jurisdicción que las leyes confieren a la Procuraduría General de la Nación para la vigilancia del Órgano Judicial corresponderán al Ministerio de Justicia.
ARTICULO 5º Esta Ley regirá desde su sanción y los gastos que demande su ejecución se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia. En caso de que no se incluyeren, el Gobierno queda facultado para abrir los créditos adicionales o para hacer los traslados que demande su cumplimiento.
Dada en Bogotá, a trece de diciembre de mil novecientos cuarenta y cinco.
El Presidente del Senado EDUARDO FERNANDEZ BOTERO-El Presidente de la Cámara de Representantes, LAZARO RESTREPO R.-El Secretario del Senador Arturo Salazar Grillo-El Secretario de la Cámara de Representantes, Andrés Chaustre B.
República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, diciembre 21 de 1945
Publíquese y ejecútese,
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Gobierno,
Absalón FERNANDEZ DE SOTO
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