que abre varios créditos adicionales

Rango Ley
Publicación 1888-09-03
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de la República,

DECRETA:

Artículo único. Ábrense al Poder Ejecutivo los siguientes créditos adicionales, imputables al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1887 á 1888:

Ministerio De Guerra.

Capítulo 51.

Art. 239. Para gastos de escritorio de Guerra y de la Comisión fiscal de empréstitos, suministros y expropiaciones, $ 350 para el primero y $250 para la segunda $ $600
Capítulo 57. Art. 252. Para gastos imprevistos del Departamento de Guerra 5,000 5,000
Capítulo 59 (bis) Art. 256 (bis). Para reconocer los créditos á que se refiere la Ley 44 de 1886, y el decreto número 78 de 1887 en ejecución de esta Ley y la 45 de 1887
Pasan $ 5,600
Vienen $ 5,600
1.500,000
$ 1.505,600
Ministerio Del Tesoro. Capítulo 69. Art. 297. Para útiles de escritorio, timbre impresión de documentos y encuadernación $ 400 400 400
Capítulo 63. Tesorería General Art. 301. Para gastos de escritorio y otros previstos 400 400 400
$ 1.506,400 $ 1.506,400
Dada en Bogotá, á veintiocho de Agosto de mil ochocientos ochenta y ocho. El Presidente del Senado, J. A. Pardo-El Presidente de la Cámara de Representantes, Marco Aurelio Arango-El Secretario del Senado, Enrique Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Salvador Franco Gobierno Ejecutivo nacional-Bogotá, Agosto 28 de 1888 Publíquese y ejecútese. (L. S.) CARLOS HOLGUÍN El Ministro del Tesoro, Carlos Martínez Silva. Dada en Bogotá, á veintiocho de Agosto de mil ochocientos ochenta y ocho. El Presidente del Senado, J. A. Pardo-El Presidente de la Cámara de Representantes, Marco Aurelio Arango-El Secretario del Senado, Enrique Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Salvador Franco Gobierno Ejecutivo nacional-Bogotá, Agosto 28 de 1888 Publíquese y ejecútese. (L. S.) CARLOS HOLGUÍN El Ministro del Tesoro, Carlos Martínez Silva. Dada en Bogotá, á veintiocho de Agosto de mil ochocientos ochenta y ocho. El Presidente del Senado, J. A. Pardo-El Presidente de la Cámara de Representantes, Marco Aurelio Arango-El Secretario del Senado, Enrique Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Salvador Franco Gobierno Ejecutivo nacional-Bogotá, Agosto 28 de 1888 Publíquese y ejecútese. (L. S.) CARLOS HOLGUÍN El Ministro del Tesoro, Carlos Martínez Silva.
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