por la cual se reconocen unos créditos

Rango Ley
Publicación 1916-12-21
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

decreta:

Artículo 1.° Reconócese a favor de los señores Tomás de Brigard, Antonio Escallón P. y Antonio Zamora M., el crédito correspondiente a la mitad sus sueldos P. como Directores de los Anales de las Cámaras, los dos primeros, y como Comisario Ayudante del Director de Anales del Senado el segundo, en los cuatro meses que emplearon para terminar la publicación de las Anales después de que paso el mes destinado para el arreglo del archivo.
Artículo 2.° La partida necesaria para dar cumplimiento a esta Ley se considerará incluida en el Presupuesto de gastos de la actual vigencia.
Artículo 3.° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a diez de diciembre de mil novecientos diez y seis.

El Presidente del Senado, Jorge ROA-El Presidente de la Cámara de Representantes, R. QUIJANO GOMEZ-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, diciembre 15 de 1916.

Publíquese y ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Hacienda, encargado del Ministerio del Tesoro, Tomás Suri SALCEDO.

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