Por la cual se asocia la República al cuarto centenario de la fundación de la ciudad de Mompós

Rango Ley
Publicación 1936-05-16
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1º La Nación se asocia a la celebración del cuarto centenario de la fundación de la ciudad de Mompós, en el Departamento de Bolívar, y se auxilia dicha celebración con la suma de cien mil pesos, que el Municipio de dicha ciudad empleará en obras de eminente utilidad común, a juicio del Gobierno Nacional.

PARAGRAFO. El Gobierno queda autorizado para hacer en el Presupuesto las operaciones de contabilidad necesarias para el cumplimiento de esta Ley.

ARTICULO 2º El Gobierno establecerá en la ciudad de Mompós, haciendo uso para ello preferentemente del auxilio que se decreta por la presente Ley, un instituto de enseñanza agrícola, a cuyo efecto queda autorizado para celebrar, si lo considere conveniente, con el Municipio expresado las operaciones que fuere necesario para obtener el uso del local Colegio Pinillos y sus tierras.

Queda asímismo el Gobierno autorizado para contratar los servicios de sendos técnicos en alfarería y joyería que, en el mencionado plantel, dicten cursos de enseñanza práctica de estas materias, con el fin de desarrollar y fomentar estas industrias autóctonas en la expresada ciudad de Mompós.

Dada en Bogotá a trece de marzo de mil novecientos treinta y seis.

El Presidente del Senado, RODRIGO E. VIVES-El Presidente de la Cámara de Representantes, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Secretario del Senado, Rafael Campo A-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.

Poder Ejecutivo-Bogotá abril 2 de 1936.

Publíquese y Ejecútese,

ALFONSO LOPEZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jorge SOTO DEL CORRAL-El Ministro de Educación Nacional, Darío ECHANDIA-El Ministro de Agricultura y Comercio, Francisco RODRIGUEZ MOYA.

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