Que honra la memoria del doctor Francisco Javier Zaldúa
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia,
considerando:
Primero. Que el doctor Francisco Javier Zaldúa dedicó muchos años de su vida al servicio del profesorado con una consagración altamente meritoria y de sumo provecho para la juventud colombiana;
Segundo. Que se distinguió como uno de los más eminentes jurisconsultos de Colombia, y como tal dio las más insignes y repetidas pruebas de integridad incontrastable, vasto y profundo saber y ejemplar aplicación al estudio y difusión de todas las ciencias relacionadas con la Política y la Jurisprudencia;
Tercero. Que como Legislador hizo á la República, en diferentes épocas, muy importantes servicios, y como hombre de Estado y Magistrado se distinguió por la honradez de sus propósitos, la entereza de su carácter y su respeto por la estricta legalidad; y
Cuarto. Que falleció el 21 de Diciembre de 1882 en servicio de la Nación, hallándose en ejercicio de la primera Magistratura federal, como Presidente popularmente electo;
decreta:
Art. 1°. La República honra y enaltece la memoria del doctor Francisco Javier Zaldúa, y la recomienda á la estimación y el respeto de la posteridad, por ser la de uno de los más eminentes ciudadanos de la "Nueva Granada," la "Confederación Granadina y los Estados Unidos de Colombia.
Art. 2°. El retrato al óleo, costeado por el Tesoro nacional, de este insigne ciudadano, será colocado en el salón del Senado de Plenipotenciarios, con esta inscripción:
"Al Presidente de Colombia, Francisco Javier Zaldúa, el Congreso nacional, en testimonio de respeto y veneración."
Art. 3°. Apruébanse los gastos que el Poder Ejecutivo hizo por anticipación y por cuenta del Tesoro nacional para tributar honores fúnebres al Presidente Francisco Javier Zaldúa.
Art. 4°. Un ejemplar auténtico de esta ley será presentado por el Poder Ejecutivo á la señora viuda del ilustre doctor Zaldúa.
Dada en Bogotá, á diez y nueve de Abril de mil ochocientos ochenta y tres.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
Ricardo Becerra.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
José M. Pinto V.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Leonídas Flórez.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Carlos Cotes.
Poder Ejecutivo nacional-Bogotá, Abril 19 de 1883.
Publíquese y ejecútese.
El Presidente de la Unión,
(L. S). JOSÉ E. OTÁLORA.
El Secretario de Gobierno,
B. Reinales.
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