por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos de 1910

Rango Ley
Publicación 1910-06-17
Estado Vigente
Departamento ASAMBLEA NACIONAL DE COLOMBI
Fuente SUIN-Juriscol
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La Asamblea Nacional de Colombia

DECRETA:

Artículo único. Abrese un crédito adicional al Presupuesto de Gastos de 1910, por la suma de sesenta mil pesos, con la siguiente imputación:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS

Capitulo 99.

Gastos varios.

Artículo 528. Para obras de fomento, con motivo de la celebración del Centenario de la Independencia, sesenta mil pesos ($ 60,000).

Dada en Bogotá, a diez de Junio de mil novecientos diez.

El Presidente,

RAMON ARANGO

El Secretario,

Marcelino Uribe Arango

Poder Ejecutivo-Bogotá, Junio 13 de 1919.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro del Tesoro,

ANTONIO JOSÉ CADAVID

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