Por la cual se modifica la Ley 2ª de 1932 y se dictan otras disposiciones en los ramos de Correos y Telégrafos

Rango Ley
Publicación 1937-10-13
Estado Derogada
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta

Artículo 1º Derogado.
Artículo 2º Derogado.
Artículo 3º Derogado.
Artículo 4º Derogado.

Dada en Bogotá a seis de septiembre de mil novecientos treinta y siete.

El Presidente del Senado, ODILIO VARGAS-El Presidente de la Cámara de Representantes, MARIO IRAGORRI DIEZ- El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara e Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, septiembre 14 de 1937.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Jorge RESTREPO HOYOS

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