sobre fomento de una colonia militar

Rango Ley
Publicación 1886-12-21
Estado Vigente
Departamento CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Consejo Nacional Legislativo

CONSIDERANDO:

Primero. Que la ley 1ª. de 1881, expedida por la asamblea legislativa del Antiguo estado del Magdalena, autorizó el establecimiento de colonias en su territorio, una de ellas sobre la falda occidental de la sierra nevada, al oriente de la ciudad de santa marta, y en un punto cuya temperatura no sea menor de quince grados del termómetro centígrado;

Segundo. Que la mencionada colonia, situada en el litoral atlántico, por la benignidad de su temperatura, será la base para una población importante, y atraerá hacia ella inmigración europea, que tanto se necesita en aquel litoral;

Tercero. Que teniendo el gobierno necesidad de mantener guarniciones en la costa atlántica, la colonia establecida en una temperatura favorable seria un lugar de aclimatación de las tropas.

DECRETA:

Art 1° Declárase de utilidad pública el establecimiento de una colonia militar sobre la falda occidental de la sierra nevada de santa marta, al oriente de la ciudad de este nombre, en un punto cuya temperatura no sea menor de quince grados centígrados en consecuencia, destinase para aquel establecimiento la suma de cinco mil pesos ($5.000) por tres años seguidos una compañía suelta del ejército nacional perteneciente a la guarnición del departamento del magdalena, será allí acantonada.
Art 2° La colonia gozará por diez años de la exención de todo impuesto personal y del pago de derechos de importación de los instrumentos destinados para la agricultura.
Art 3° El gobierno queda autorizado para disponer lo que sea necesario al pronto establecimiento de la mencionada colonia y para reglamentarla del modo que juzgue más conveniente.

Dada en Bogotá, a veintiséis de Noviembre de mil ochocientos ochenta y seis.

El Presidente,

JUAN DE D. ULLOA.

El Vicepresidente,

JOSE MARIA RUBIO FRADE.

El Secretario,

JULIO A. CORREDOR.

El Secretario,

ROBERTO DE NARVAEZ.

Gobierno Ejecutivo- Bogotá, Noviembre 29 de 1886.

Publíquese y ejecútese.

(L.S) J.M CAMPO SERRANO

El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Fomento,

ANTONIO ROLDÁN.

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