por la cual se concede una pensión al Sr. Carlos Gómez V
Texto vigente a fecha 1970-01-02
El Consejo Nacional Legislativo,
CONSIDERANDO:
Que el Sr Carlos Gómez V. ha servido á la República por más de veinte años, en diversos empleos;
Que es mayor de sesenta años y que su conducta moral ha sido intachable,
DECRETA:
Artículo único. Concédese al Sr Carlos Gómez V. una pensión de cincuenta pesos ($ 50) mensuales, que será pagada del Tesoro público y en moneda legal.
Dada en Bogotá, á cuatro de Mayo de mil ochocientos ochenta y siete.
El Presidente, JOSÉ MARÍA RUBIO FRADE -El Vicepresidente, VICENTE RESTREPO -El Secretario, Manuel Brigard-El Secretario, Roberto de Narváez.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 5 de Mayo de 1887.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) ELISEO PAYAN.
El Ministro de Instrucción pública, encargado del Despacho del Tesoro,
CARLOS MARTÍNEZ SILVA.