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por la cual se concede una pensión al Sr. Carlos Gómez V

Texto vigente a fecha 1970-01-02

El Consejo Nacional Legislativo,

CONSIDERANDO:

Que el Sr Carlos Gómez V. ha servido á la República por más de veinte años, en diversos empleos;

Que es mayor de sesenta años y que su conducta moral ha sido intachable,

DECRETA:

Artículo único. Concédese al Sr Carlos Gómez V. una pensión de cincuenta pesos ($ 50) mensuales, que será pagada del Tesoro público y en moneda legal.

Dada en Bogotá, á cuatro de Mayo de mil ochocientos ochenta y siete.

El Presidente, JOSÉ MARÍA RUBIO FRADE -El Vicepresidente, VICENTE RESTREPO -El Secretario, Manuel Brigard-El Secretario, Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 5 de Mayo de 1887.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) ELISEO PAYAN.

El Ministro de Instrucción pública, encargado del Despacho del Tesoro,

CARLOS MARTÍNEZ SILVA.