por la cual se dispone la devolución de una suma y se exonera del pago de una multa
El Congreso de Colombia,
decreta:
Artículo 1.° El Tesoro Nacional devolverá al señor doctor Zenón Solano la suma de doscientos ochenta y ocho pesos ochenta centavos ($ 288-80), que por capital, intereses y costas pago al Fisco como alcance que la Corte de Cuentas dedujo a su cargo como Cónsul de Colombia en Hamburgo en el año de 1909, por haber invertido la suma antes dicha en servicio de la Nación, para perseguir una falsificación de billetes nacionales.
Parágrafo. La suma de doscientos ochenta y ocho pesos ochenta centavos ($ 288-80) se considerará incluida en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia.
Artículo 2.° Exonérase al General Lisímaco Pizarro del pago de la suma de ciento veinte pesos ($ 120) que le mandó hacer efectiva por embargo judicial el señor Juez de Ejecuciones Fiscales, como fiador de cárcel de Emiliano Cuervo, sindicado por el delito de falsedad, y quien fue absuelto de tal cargo por sentencia dictada por el señor Juez 5.° Municipal.
Dada en Bogotá, a nueve de diciembre de mil novecientos diez y seis.
El Presidente del Senado, Jorge ROA-El Presidente de la Cámara de Representantes, R. QUIJANO GOMEZ-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Diciembre 16 de 1916.
Publíquese y ejecútese.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Hacienda, encargado del Ministerio del Tesoro, Tomás Surí SALCEDO.
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