Por el cual se honra la memoria de los fundadores de El Carmen, Norte de Santander, con motivo del tricentenario como municipio y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 1986-12-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. La Nación rinde homenaje al Municipio de El Carmen, Norte de Santander, al cumplirse el 16 de julio de 1986 los trescientos años de vida jurídica de este importante municipio y honra la memoria de sus fundadores.

Artículo 2º. Para recordar la importante fecha y de acuerdo a los numerales 11 y 17 del artículo 76 de la Constitución, autorizase al Gobierno Nacional para desarrollar las siguientes obras en la ciudad de El Carmen, Norte de Santander.

Artículo 3º. El Gobierno abrirá los créditos presupuestales y efectuará los traslados necesarios para sufragar los gastos a que diere lugar el cumplimiento de la presente Ley, la cual regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los ... días del mes de .... de mil novecientos ochenta y seis (1986).

El Presidente del honorable Senado de la República,

HUMBERTO PELAEZ GUTIERREZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

ROMAN GOMEZ OVALLE

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Luis Lorduy Lorduy.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese.

Bogotá, D. E., 15 de diciembre de 1986.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

César Gaviria Trujillo.

La Ministra de Educación Nacional,

Marina Uribe Eusse.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Luis Fernando Jaramillo Correa.

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