por la cual se aprueba un Protocolo entre Colombia y Francia
El Congreso de Colombia
DECRETA :
Artículo único. Apruábese el Protocolo firmado en la ciudad de Bogotá el día 6 de noviembre del año en curso, por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República con el Encargado de Negocios de la República Francesa, que dice:
"PROTOCOLO
entre Colombia y Francia
"Los suscritos, Marco Fidel Súarez, Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, y Pierre de Larroque, Encargada de Negocios adinterim de Francia en Colombia, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, han convenido de común acuerdo en lo siguiente:
"Teniendo en cuenta las garantías de igualdad jurídica ofrecidas a los extranjeros por los Tribunales franceses del Protectorado francés en Marruecos, el Gobierno colombiano reconoce que han cesado para sus Cónsules nacionales y establecimientos de la zona francesa del Imperio Cherifiano, todos los derechos y privilegios provenientes del régimen de capitulaciones.
"Los tratados y convenciones de cualquier naturaleza que estén en vigor entre Colombia y Francia, se extienden de pleno derecho, salvo estipulación en contrario, a la zona francesa del Imperio Cherifiano.
"EL Presente Protocolo será sometido a la aprobación del Congreso de Colombia y entrará en vigencia una vez aprobado, de acuerdo con las leyes de los respectivos países.
"Hecho y firmado en Bogotá, en el Palacio de San Carlos, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos catorce.
"MARCO FIDEL SUAREZ - DE LARROQUE"
Dada en Bogotá a catorce de noviembre de mil novecientos catorce.
El Presidente del Senado,
MAXIMILIANO NEIRA.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
POLICARPO BUSTILLO.
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo Bogotá, octubre 29 de 1914
Publíquese y Ejecútese.
JOSE VICENTE CONCHA.
El Ministro del Gobierno,
MARCO FIDEL SUAREZ
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