Por la cual se hace una concesión referente a la industria pecuaria

Rango Ley
Publicación 1916-12-23
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.º Derogado
Artículo 2. º Derogado
Artículo 3. º Derogado
Artículo 4. º Derogado
Artículo 5. º Derogado
Artículo 6. º Derogado

Dada en Bogotá a nueve de diciembre de mil novecientos diez y seis.

El Presidente del Senado, Jorge ROA-El Presidente de la Cámara de Representantes, R. QUIJANOGOMEZ-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño

Poder Ejecutivo-Bogotá, Diciembre 16 de 1916.

Publíquese y Ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Agricultura y Comercio, Luis MONTOYA S.

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