por la cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de gastos de la vigencia económica de 1920
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo único Abrense al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica de 1920, los siguientes créditos adicionales:
MINISTERIO DE GUERRA
CAPITULO 41
| Articulo 402 | Para continuar la construcción del cuartel de Cali | $ | 4,000 |
|---|---|---|---|
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
CAPITULO 67
| Articulo 744 | Para pagar al Departamento de Santander la suma que la Nación le adeuda por los gastos que hizo para sostenimiento, conservación y prolongación del ferrocarril de Puerto Wilches, en 1918 y 1919 | 29,118 77 |
|---|---|---|
CAPITULO 68
Artículo 761. Para pagar al Departamento de Santander los gastos que hizo en el año de 1919 por cuenta de la Nación en la vía del Noroeste, así:
| parágrafo 2º | Sección de Piedecuesta a la Florida | $ | 2,500 | |
|---|---|---|---|---|
| parágrafo 3º | Sección de Bucaramanga al Magdalena | $ | 3,600 | |
| parágrafo 4º | Sección del Socorro a San Gil | $ | 2.500 | 8.900 |
Carreteras y caminos de Herradura
| Articulo 769 | Para pagar a la carretera del Sur parte de lo que la Nación le adeuda por el porcentaje que le corresponde del producto de la Aduana de Tumaco, segun reconocimiento y liquidación efectuados el 21 de septiembre de 1915 por el Ministerio de Obras publicas | 50.000 |
|---|---|---|
CAPITULO 70
Gastos varios.
| Articulo 846 | Para suministro de papel y tinta a la Imprenta Nacional | $ 28,600 | |
|---|---|---|---|
| Articulo 860 | Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio | 2,950 | 31,550 |
CAPITULO 71
Vigencias anteriores.
| Articulo 861 | Para dar cumplimiento al artículo 3o. de la Ley 3°.de 1913 | $ | 20,000 |
|---|---|---|---|
MINISTERIO DE GOBIERNO
CAPITULO 13
| Articulo 253 | Para pagar al Municipio del Socorro las sumas que la Nación le adeuda, procedentes del arrendamiento del local de la Cárcel de dicho Distrito en los años de 1916 1917,segun contratos | 960 |
|---|---|---|
CAPITULO 17
| Articulo 271 | Para pagar al Departamento de Santander la suma que la nación le adeuda por gastos de material del Poder Judicial, en 1919 | 17,788 |
|---|---|---|
| pasan | 146,01677 |
MINISTERIO DE INSTRUCCION PÚBLICA
CAPITULO 52
| Articulo 570 | Para pagar al departamento de Santander la que la nación le adeuda por razón del auxilio que pago el Colegio de san Pedro Claver, en el año de 1919 | 2,250 |
|---|---|---|
| Suman | $ | 148,266 77 |
Dada en Bogotá a diez de noviembre de mil novecientos veinte.
El Presidente del Senado, Miguel ARROYO DIEZ. -El Presidente de la Cámara de Representantes, Guillermo CAMACHO- El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño
Poder Ejecutivo.- Bogotá, noviembre 9 de 1920.
Publíquese y ejecútese.
MARCO FIDEL SUAREZ.-El Ministro de Tesoro, J.M PASOS.
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