por la cual se dispone la traída al país de Instructores para la Policía Nacional
El Congreso de Colombia,
decreta:
Artículo 1° El Gobierno procederá a contratar en Francia un Instructor y un Jefe de Detectives, técnico en el sistema antropométrico, para la instrucción y servicio de la Policía Nacional.
Artículo 2° Destinase la suma de ocho mil pesos ($ 8,000) anuales para atender a los gastos que esta Le demande, suma que se considerara incluida en el Presupuesto de la actual vigencia.
Dada en Bogotá a diez siete de noviembre de mil novecientos diez y nueve.
El Presidente del Senado, Alejandro GARCIA. El Presidente de la Cámara de Representantes,
Félix SALAZAR J. - El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero. - El Secretario de la Cámara de Representantes Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo - Bogotá, noviembre 19 de 1919.
Publíquese y ejecútese.
MARCO FIDEL SUAREZ - El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
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