por la cual se auxilia la Feria Exposición del Tolima

Rango Ley
Publicación 1936-01-03
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1° Auxilíase con la cantidad de tres mil pesos ($ 3,000), la Feria Exposición del Tolima que tendrá lugar en Ibagué en el mes de diciembre de este año.
ARTICULO 2° Tan pronto como éntre a regir la presente Ley, el Gobierno procederá a verificar en el Presupuesto de la actual vigencia los traslados que sean necesarios para dar cumplimiento al artículo anterior.
ARTICULO 3° Auxíliase al Congreso Nacional de la Música que debe celebrarse en la capital del Departamento del Tolima, en el mes de enero próximo, con la cantidad de ocho mil pesos ($ 8,000). PARAGRAFO. El Gobierno queda autorizado expresamente para hacer dentro del actual Presupuesto el traslado o los traslados que sean necesarios para dar cumplimiento a lo que se dispone en este artículo.
ARTICULO 4° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a cuatro de Diciembre de mil novecientos treinta y cinco.

El Presidente del Senado, ENRIQUE CAICEDO C. El Presidente de la Cámara de Representantes, CARLOS LLERAS RESTREPO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.

Poder Ejecutivo-Bogotá, diciembre 20 de 1935.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jorge SOTO DEL CORRAL

El Ministro de Educación Nacional,

Darío ECHANDIA

El Ministro de Agricultura y Comercio,

Francisco RODRIGUEZ MOYA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.