Que autoriza el pago de unos viáticos
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
CONSIDERANDO:
Que los señores Jerardo Ortega i Domingo J. González, elejidos Representantes por el Estado de Panamá, han hecho el viaje a la capital i no han podido concurrir a la Cámara por motivos independientes de su voluntad, que les son invencibles,
DECRETA:
Art 1.° A los señores Jerardo Ortega i Domingo J. González no se les exijirá la Devolucion de los viáticos de venida que recibieron, i el Poder-Ejecutivo ordenara el pago de los de regreso a Panamá.
Art 2.° El Poder Ejecutivo ordenará que el pago de los viáticos que se adeudan al Jeneral Fernando Sánchez, como Diputado a 1a Convencion de Rionegro, se haga a su viuda la señora Florencia Róbertson de Sanchez. i para ello se considerará incluido, en el Presupuesto la partida correspondiente.
Dada en Bogotá a veintiuno de julio de mil ochocientos ochenta.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
- M. m. Castro.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Ricardo Nuñez
El secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Julio E. Pérez
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Cárlos Cortes.
Poder Ejecutivo nacional.-Bogotá, 27 de julio de 1880
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S). RAFAEL NUÑEZ.
El Secretario del Gobierno,
José Araújo.
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