por la cual se concede un auxilio a la Sociedad de Ciencias Naturales
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.° Concédese un auxilio de trescientos pesos ($ 300) oro a la Sociedad de Ciencias Naturales establecida en esta ciudad, en el Colegio de San Juan Bautista de la Salle.
Artículo 2.° Este auxilio, destinado expresamente a la publicación de una revista que sirva de órgano a dicha Sociedad, será pagado por mensualidades anticipadas, a contar de la fecha en que sea sancionada la presente Ley.
Artículo 3.° La partida señalada para dar cumplimiento a esta Ley se considerará incluída en el Presupuesto de cada vigencia económica.
Artículo 4.° El Gobierno promoverá, por conducto del Ministro de Colombia en España, con la colaboración de la Real Sociedad de Ciencias Naturales, la publicación de la Flora de Bogotá, dirigida por José Celestino Mutis, depositada en el Jardín Botánico de Madrid.
Dada en Bogotá á ocho de noviembre de mil novecientos doce.
El Presidente del Senado,
JOSÉ VICENTE CONCHA
El Presidente de la Cámara de Representantes,
MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ
El Secretario del Senado,
Elisio Medina
El Secretario de la Cámara de Representantes,
José de la Vega
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 13 de 1912.
Publíquese y ejecútese,
CARLOS E. RESTREPO.
El Ministro de Instrucción Pública,
CARLOSCUERVO MARQUEZ.
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