por medio de la cual se declara patrimonio cultural nacional “las Cuadrillas de San Martín” del municipio de San Martín, departamento del Meta
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Declárese patrimonio cultural nacional "las Cuadrillas de San Martín", expresión cultural, folclórica y artística del municipio de San Martín, departamento del Meta.
Artículo 2°. Reconócese en todas sus expresiones culturales y artísticas al grupo folclórico las "Cuadrillas de San Martín" como parte integral de la identidad y la cultura de la región oriental de Colombia, departamento del Meta.
Artículo 3°. Las entidades del orden nacional, departamental y municipal, fomentarán y promoverán programas encaminados a enaltecer, desarrollar y difundir las actividades culturales y folclóricas que divulgan las "Cuadrillas de San Martín".
Artículo 4°. La presente ley rige a partir de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Carlos García Orjuela.
El Secretario General (E.) del honorable Senado de la República,
Luís Francisco Boada Gómez.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Guillermo Gaviria Zapata.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Angelino Lizcano Rivera.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Federico Rengifo Vélez.
La Ministra de Cultura,
Araceli Morales López
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