por medio de la cual se aprueba el “Tratado entre la República de Colombia y la República Popular China sobre Asistencia Judicial en Materia Penal”, firmado en Beijing, el catorce (14) de mayo de mil novecientos noventa y nueve (1999)

Rango Ley
Publicación 2002-08-05
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

Visto el texto del "Tratado entre la República de Colombia y la República Popular China sobre Asistencia Judicial en Materia Penal", firmado en Beijing, el catorce (14) de mayo de mil novecientos noventa y nueve (1999), que a la letra dice:

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del instrumento internacional mencionado).

«TRATADO ENTRE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y LA REPUBLICA POPULAR CHINA SOBRE ASISTENCIA JUDICIAL EN MATERIA PENAL

La República de Colombia y la República Popular China, en adelante "Las Partes".

Reconociendo que la lucha contra la delincuencia requiere la actuación conjunta de los Estados;

Considerando los lazos de amistad y cooperación entre los dos países;

En observancia de las normas constitucionales, legales y reglamentarias de sus Estados, así como el respeto a los principios del Derecho Internacional;

Reafirmando el principio básico del respeto mutuo de la soberanía nacional, la igualdad y del beneficio recíproco;

Con el propósito de promover e intensificar la cooperación entre los dos Estados con respecto a la asistencia judicial en materia penal,

ACUERDAN

ARTICULO 1

AMBITO DE APLICACION

ARTICULO 2

CONTENIDO DE LA ASISTENCIA

ARTICULO 3

AUTORIDADES CENTRALES

ARTICULO 4

NEGACION O APLAZAMIENTO DE LA ASISTENCIA

ARTICULO 5

CONTENIDO DE LAS SOLICITUDES

ARTICULO 6

EJECUCION DE LAS SOLICITUDES

ARTICULO 7

CONFIDENCIALIDAD Y LIMITACIONES EN EL USO DE LA INFORMACION

ARTICULO 8

NOTIFICACION DE DOCUMENTOS

ARTICULO 9

INFORMACION Y PRUEBAS

ARTICULO 10

PRACTICA DE PRUEBA

ARTICULO 11

SUMINISTRO DE DOCUMENTOS E INFORMACIONES OFICIALES

Por solicitud de la Parte Requirente, la Parte Requerida:

ARTICULO 12

PRESENCIA DE OTRAS PERSONAS PARA QUE PRESTEN TESTIMONIO O ASISTENCIA EN INVESTIGACIONES EN LA PARTE REQUIRENTE

ARTICULO 13

PRESENCIA DE PERSONAS DETENIDAS PARA QUE RINDAN TESTIMONIO O ASISTENCIA EN INVESTIGACIONES EN LA PARTE REQUIRENTE

ARTICULO 14

GARANTIA A TESTIGOS Y PERITOS

ARTICULO 15

NEGATIVA DE DAR DECLARACION O APORTAR PRUEBAS EN LA PARTE REQUERIDA

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