que honra la memoria del señor General don Antonio Roa Díaz

Rango Ley
Publicación 1915-12-01
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.° La República lamenta la muerte del distinguido ciudadano señor General don Antonio Roa Díaz, reconoce los importantes servicios prestados por él, desde los primeros años de su juventud, a la causa de la República cristiana, y recomienda como ejemplo digno de imitarse, el amor a la Patria y las demás virtudes cívicas que adornaron al extinto.

Por el Ministerio de Obras Públicas se dictarán las medidas conducentes a comprar a la Municipalidad de Bogotá el sitio en donde fue enterrado en el cementerio de esta ciudad el cadáver del señor General Roa y a que se le levante en el mismo sitio un monumento que testifique la gratitud de la Nación para con este abnegado servidor público. Los gastos que demande el cumplimiento de esta disposición sean de cargo de Estado y se tendrán por incluidos en el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso.

Artículo 2.° Copia de esta Ley se enviará, debidamente autenticada, a la familia del señor General Roa Díaz.

Dada en Bogotá a veinticuatro de noviembre de mil novecientos quince.

El Presidente del Senado,

Fabio LOZANO T.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

A. DULCEY

El Secretario del Senado,

Carlos Tamayo.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Fernando Restrepo Briceño

Poder Ejecutivo Bogotá, noviembre 29 de 1915.

Publíquese y Ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno,

Miguel ABADIA MENDEZ

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