Por la cual se da una autorización y se provee a la construcción de un hotel y a la pavimentación y alcantarillado de Girardot

Rango Ley
Publicación 1938-05-23
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1°. Autorízase al Municipio de Girardot para pasar gratuitamente la instalación del acueducto que abastece el Corregimiento de Flandes, Departamento del Tolima, por el puente del Ferrocarril de Girardot, sobre el río Magdalena.
ARTICULO 2°. Si el Municipio de Girardot acomete con sus propios fondos la construcción y establecimiento de un Hotel moderno en esa ciudad, las importanciones de material de construcción y de todos los implementos y enseres necesarios para el hotel, no pagarán derechos de aduana; los capitales indispensables para adquirir en el Exterior tales materiales, inplementos y enseres, no pagarán ninguna clase de impuestos nacionales y su transporte por los Ferrocarriles Nacionales será gratuito.

PARAGRAFO. Las mismas exenciones y gracias favorecerán la compra, importanción y transporte de los elementos que el Municipio de Girardot necesite para la provisión del servicio de acueducto del Corregimiento de Flandes.

ARTICULO 3°. El Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales cooperará en la forma que sea más conveniente a la realización del hotel referido, para lo cual queda con amplias facultades sobre los bienes muebles o inmuebles que posea en el Municipio de Girardot.
ARTICULO 4°. La Nación contribuirá con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000.00) para la pavimentación y alcantarillado de la ciudad de Girardot, suma que se deberá incluir en el Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia próxima.
ARTICULO 5°. Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a veintiocho de abril de mil novecientos treinta y ocho.

El Presidente del Senado, ANTONIO MARIA GUTIERREZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, SOFONIAS YACUP-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 14 de mayo de 1938.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Héctor José VARGAS

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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