Por la cual se decreta una condonación

Rango Ley
Publicación 1940-12-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1.º Condónase al señor Conrado Montoya O. la suma de mil diez y ocho pesos con noventa centavos ($ 1.018.90), a que asciende el alcance definitivo deducido por la Contraloría General de la República a dicho señor, en su calidad de Recaudador de Hacienda Nacional del Municipio de Ansermanuevo, Departamento del Valle del Cauca.
ARTICULO 2.º Esta Ley rige desde su sanción.

Dada en Bogotá a seis de diciembre de mil novecientos cuarenta.

El Presidente del Senado, FRANCISCO ELADIO RAMIREZ. El Presidente de la Cámara de Representantes, FABIO LOZANO Y LOZANO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 12 de diciembre de 1940.

Publíquese y ejecútese,

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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