Por la cual se eximen de derechos de importación unas armas

Rango Ley
Publicación 1879-03-21
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos de Colombia

DECRETA:

Artículo único. Eximente del pago de derechos de importacion las carabinas Bemington que los señores Pompeyo Guzman i Octavio Hurtado introdujeron por el puerto de Buenaventura en el año pasado. En consecuencia, se terminará inmediatamente el procedimiento que se habia iniciado para el cobro de tales derechos.

Dada en Bogotá, a diez de marzo de mil ochocientos setenta i nueve.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

J. Ignacio D. Granados.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

JORGE ISAACS.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Adolfo Cuéllar.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Enrique Gaona.

Bogotá, 14 de marzo de 1879.

Publíquese i ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L. S.) JULIAN TRUJILLO.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Luis Carlos Rico.

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