por la cual se da una autorización al Gobierno

Rango Ley
Publicación 1887-02-09
Estado Vigente
Departamento CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Consejo Nacional Legislativo

DECRETA:

Artículo único. Autorízase al Gobierno para eximir del pago de derechos de importación los órganos, campanas, ornamentos y demás útiles para el servicio del culto católito, cuando la iglesia á que vengan destinados solicite dicha exención por conducto del Obispo de la Diócesis respectiva.

Para los efectos de este artículo las solicitudes que cursan en el Consejo sobre exenciones de esta clase, se remitirán al Ministerio de Hacienda con el fin de que resuelva lo que estime conveniente.

Dada en Bogotá, á veinticinco de Enero de mil ochocientos ochenta y siete.

El Presidente, JUAN DE D. ULLOA- El Vicepresidente, JOSÉ MARÍA RUBIO FRADE-El Secretario, Manuel Brigard. El Secretario, Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Enero 28 de

1887.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) ELISEO PAYAN.

El Ministro de Hacienda,

ANTONIO ROLDAN.

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