que da autorizaciones al Gobierno relativas al Dictamen Internacional de Washington sobre comunicaciones por ferrocarril
El Congreso de la República
DECRETA:
Art. único. Derogado.
Dada en Bogotá, a veinticinco de Septiembre de mil ochocientos noventa.
El Presidente del Senado, J. F. INSIGNARES S.-El Presidente de la Cámara de Representantes, JOSÉ C. DE OBALDÍA -El Secretario del Senado, Enrique de Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 29 de Septiembre de 1890.
Publíquese y ejecútese,
(L. S.) CARLOS HOLGUÍN.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
ANTONIO ROLDÁN.
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