por la cual se abre un crédito adicional al presupuesto de gastos de la actual vigencia económica

Rango Ley
Publicación 1916-08-24
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.° Abrese el Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia de 1916 el siguiente crédito adicional:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 64

Ferrocarriles.

Artículo 557. Para cumplir la Ley 119 de 1913m, que ordena empalmar el Ferrocarril del Tolima con el de Buenaventura $ 21.000
Artículo 2.°

MINISTERIO DE GOBIERNO

Capitulo 1.°

Congreso (personal).

Cámara de Representantes:

Artículo 2.°
Parágrafo 11. Sueldo de dos Taquígrafos, en tres meses de sesiones ordinarias y un mes
Pasan $ 21,000
Vienen $ 21,000
Más para el arreglo del archivo a 139,50mensuales cada uno 1,116
Gastos de representación y viáticos
Artículo 3.° Gastos de representación y viáticos para algunos miembros del congreso que asistieron a las sesiones extraordinarias y de algunos de los principales que ocuparon puesto desde las ordinarias 1,500
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Suma $ 23,616

Dada en Bogotá a diez y ocho de agosto de mil novecientos diez y seis.

El Presidente del Senado, Pedro AntonioMOLINA-El Presidente de la Cámara de Representantes, Luis MORALES BERTI -El secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de representantes, Fernando Restrepo Briceño

Poder Ejecutivo-Bogotá, agosto 21 de 1916.

Publíquese y ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro del Tesoro, AlfonsoROBLEDO.

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