que autoriza al Gobierno para legalizar un gasto del Gerente del Ferrocarril del Tolima

Rango Ley
Publicación 1920-09-16
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1º Autorízase al Gobierno para reconocer al señor Celerino Jiménez, Gerente del Ferrocarril del Tolima, la suma a que se ascendieron los descuentos , intereses y comisiones que tuvo que pagar al reducir a moneda corriente los documentos de crédito que le fueron suministrados para la continuación de los trabajos de dicha Empresa.

Para hacer el reconocimiento, el interesado presentará los documentos del caso al Ministerio de Obras Públicas.

Artículo 2º Esta Ley regirá desde su promulgación.

Dada en Bogotá a trece de septiembre de mil novecientos veinte.

El Presidente del Senado, Ricardo JIMENES JARAMILLO-El Presidente de la Cámara de Representantes, Hernando HOLGUIN Y CARO-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, septiembre 14 de 1920.

Publíquese y ejecútese.

MARCO FICEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, Esteban JARAMILLO.

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