en honor del Gran Mariscal de Ayacucho

Rango Ley
Publicación 1888-10-15
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

CONSIDERANDO:

Que es deber de gratitud de los pueblos civilizados del mundo, tributar homenajes y erigir monumentos á sus grandes hombres;

Que el Gran Mariscal Sucre prestó inestimables servicios á la causa de la Independencia, ya como insigne guerrero, ya como hombre de Estado;

Que durante toda su vida dio ejemplo de las más altas virtudes,

DECRETA:

Art. 1.º La República erigirá una estatua ecuestre al Gran Mariscal Antonio José de Sucre que se colocará en el nuevo paseo de San Francisco, de esta ciudad, el cual llevara por nombre "Paseo Sucre".
Art. 2.º En la parte principal del pedestal se grabara esta inscripción:

"La República de Colombia, en testimonio de gratitud y admiración al insigne guerrero".

Y en la parte opuesta, esta otra:

"El Gran Mariscal Antonio José de Sucre selló la Independencia de cinco naciones con la gloriosa batalla de Ayacucho, el día 9 de Diciembre de 1824."

Art. 3.º Vótase, para dar cumplimiento a esta Ley, la suma de cincuenta mil pesos, que se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos, hasta que se realice el objeto á que se destina.

Dada en Bogotá, á diez de Octubre de mil ochocientos ochenta y ocho.

El Presidente del Senado, J. A. PARDO-El Presidente de la Cámara de Representante, Felipe Sorzano-El Secretario del Senado, Diego Rafael de Guzmán-El Secretario de la Cámara de Representantes, M. A. Peñarredonda G.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Octubre 11 de 1888.

Publíquese y Ejecútese.

(L. S.) CARLOS HOLGUÍN.

El Ministro de Gobierno,

JOSÉ DOMINGO OSPINA C.

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