que concede varias recompensas

Rango Ley
Publicación 1892-12-12
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Art. 1.° La República de Colombia reconoce el heroísmo con que la Guarnición de Guaduas defendió el 4 de Octubre de 1884 el principio de la legitimidad y la causa de la Regeneración.
Art. 2.° Destínase del Tesoro nacional las siguientes sumas como recompensas unitarias:

Tres mil pesos á los hijos del Coronel José Guillermo Hernández;

Mil ochocientos pesos a la madre del Capitán Lázaro Angulo;

Mil doscientos pesos a los herederos solteros del Subteniente José Antonio Serrate;

Seiscientos pesos al inválido Rafael Hernández;

Seiscientos pesos á la madre del soldado Isidoro Quiroga; y

Seiscientos pesos a la madre del soldado Severo Méndez.

Art. 3.° Estas sumas se considerarán incluidas en el Presupuesto de Rentas y Gastos de la próxima vigencia.

Dada en Bogotá, á 17 de noviembre de 1892.

El Presidente Del Senado, JUAN A. PARDO -El Presidente de la Cámara De Representantes, AQUILINO APARICIO -El Secretario Del Senado, Enrique de Narváez.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda

Gobierno Ejecutivo.-Bogotá, Noviembre 25 DE 1892-

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) M. A. CARO.

El Ministro del Tesoro,

CARLOS CALDERON R.

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