por la cual se concede una pensión a la señora viuda e hijos del General Eustorgio Salgar

Rango Ley
Publicación 1896-12-23
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

CONSIDERANDO:

Que el General Eustorgio Salgar desempeñó los más altos puestos oficiales en el país, inclusive el de Presidente de la República en un período constitucional;

Que en el ejercicio de esos empleos sirvió á la Patria con probidad y rectitud;

Que hoy su viuda, la señora Sinforosa Flórez de Salgar, se halla, con dos hijas solteras, en estado de absoluta pobreza,

DECRETA:

Art. 1.° El Congreso declara que el General Eustorgio Salgar fue un benemérito servidor público.
Art. 2.° Desde la sanción de la presente Ley, la señora Sinforosa Flórez de Salgar y sus dos hijas gozarán de una pensión mensual de doscientos pesos ($ 200) pagadera del Tesoro público.
Art. 3.° En caso de matrimonio ó fallecimiento de cualquiera de las agraciadas, la parte ó partes correspondientes acrecerán las otras.

Dada en Bogotá, á 10 de Noviembre de 1896.

El Presidente del Senado, RAFAEL M. PALACIO -El Presidente de la Cámara de Representantes, IGNACIO PALÁU -El Secretario del Senado, Camilo Sánchez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 10 de Noviembre de 1896.-Publíquese y ejecútese.

(L. S.) M. A. CARO.-El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho del Tesoro, ANTONIO ROLDÁN.

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