de créditos adicionales al Presupuesto de gastos de 1915

Rango Ley
Publicación 1915-12-02
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

Decreta:

Artículo 1°. Abrense al Presupuesto de gastos de la vigencia actual los siguientes créditos adicionales:

MINISTERIO DE GOBIERNO

CAPITULO I.

Congreso-Personal.

Artículo 2º. Esta Ley regirá a desde su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a veinticuatro de noviembre de mil novecientos quince.

El Presidente del Senado,

Luciano HERRERA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

A. DULCEY.

El Secretario del Senado

Carlos Tamayo

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Fernando Restrepo Briceño

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 30 de 1915.

Publíquese y ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA

El Secretario del Tesoro encargado del Despacho,

Pedro BLANCO S.

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