por la cual se auxilia la Gota de Leche en el puerto de Tumaco, y se dicta una disposición en favor de los servicios de Asistencia Social del Hospital San Andrés del mismo puerto
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1.° Auxíliase con la suma de cinco mil pesos ($ 5,000) la institución de la Gota de Leche que funciona en el puerto de Tumaco, como dependencia de la unidad sanitaria de aquel lugar.
ARTICULO 2.° Para dar cumplimiento al artículo anterior hácese el siguiente traslado dentro de las apropiaciones de la actual vigencia:
DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE:
CAPITULO 78
| Del artículo 522. Para los gastos que demande la profilaxis y tratamiento de las enfermedades que puedan tener carácter epidémico en cualquier zona de la República | $ | 5,000.00 |
|---|---|---|
| CAPITULO 81 Al Artículo 543 bis. Para auxiliar a la Gota de Leche de Tumaco | $ | 5,000.00 |
| ARTICULO 3.° Esta suma será entregada al Síndico del Hospital de Tumaco, bajo su responsabilidad y fianza. | ARTICULO 3.° Esta suma será entregada al Síndico del Hospital de Tumaco, bajo su responsabilidad y fianza. | ARTICULO 3.° Esta suma será entregada al Síndico del Hospital de Tumaco, bajo su responsabilidad y fianza. |
| --- | --- | --- |
ARTICULO 4.° Las sumas que actualmente están en poder de la Junta Nacional del Acueducto del puerto de Tumaco, y cuyo total no alcanza a tres mil pesos, pasarán, una vez sancionada esta Ley, a la Junta de Beneficencia del Hospital San Andrés de dicho puerto, con el fin de mejorar los servicios de asistencia de aquel instituto.
ARTICULO 5.° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a veintiuno de septiembre de mil novecientos treinta y siete.
El Presidente del Senado, JORGE CARTNER-El Presidente de la Cámara de Representantes, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, septiembre 30 de 1937.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
José Joaquín CASTRO M.
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