que concede una recompensa al Sr. Coronel Juan de Dios Ruiz

Rango Ley
Publicación 1887-05-31
Estado Vigente
Departamento CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Consejo Nacional Legislativo,

CONSIDERANDO:

Que el Coronel Juan de Dios Ruiz ha prestado importantes servicios á la República como marino y como militar en el espacio de diez y ocho años ocho meses y veinticuatro días según consta de la honrosa hoja de servicios que ha presentado; que á la edad de setenta años se encuentra casi ciego é inválido por enfermedades contraídas en el servicio de la República en mar y tierra; y que se halla en estado de completa pobreza sin tener medios de atender á su subsistencia,

DECRETA:

Artículo único. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 856 del Código Militar, concédese al Coronel Juan de Dios Ruiz la recompensa de dos mil pesos ($ 2,000), por una sola vez, que le será pagada íntegramente y en moneda legal.

Dada en Bogotá, á veintitrés de Mayo de mil ochocientos ochenta y siete.

El Presidente, M. A. Caro-El Vicepresidente, José M. Rubio Frade-Los Secretarios, Manuel Brigard-Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Mayo 23 de 1887.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) ELISEO PAYAN.

El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho del Tesoro,

CARLOS MARTÍNEZ SILVA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.