Por la cual se ordena la construcción de unas obras en la población de Utica y se decretan unos auxilios
Texto vigente a fecha 1970-01-02
El congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1°. El Ministerio de Obras Públicas hará los estudios y obras que fueren necesarios para la defensa de la población de Utica, previendo los daños que puedan causar las crecientes del Ríonegro, y Quebradanegra.
ARTICULO 2°. En las obras que construyan se hará una avenida por toda la orilla del Ríonegro, que llamará Avenida Murillo Toro.
ARTICULO 3°. Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) para el cumplimiento de la presente Ley. Esta suma se incluirá en los Presupuestos venideros.
ARTICULO 4°. Auxíliase en la suma de cinco mil pesos ($ 5.000.00) al Municipio de Guaduas (Cundinamarca), con destino exclusivo a las obras públicas de la población de La Paz. Una Junta especial, integrada por el G de Cundinamarca, el Alcalde y dos vecinos de La Paz, nombrados por la Gobernación, determinará la inversión del auxilio y rendirá sus cuentas a la Contraloría General de la República.
ARTICULO 5°. Auxiliase con la suma de quince mil pesos ($ 15.000.00) al Municipio de Cajibío, en el Departamento del Cauca, con destino a las obras públicas de su cabecera. Una Junta especial, integrada por el Gobernador del Cauca, o un delegado suyo, por el Alcalde, el Presidente del Concejo y el Tesorero de ese Municipio, determinará la inversión del auxilio y rendirá sus cuentas ante la Contraloría General de la República.
ARTICULO 6°. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a diez y seis de diciembre de mil novecientos treinta y nueve
El Presidente del Senado, JOSE V. COMBARIZA - El Presidente de la Cámara de Representantes, ARTURO REGUEROS. PERALTA - El Secretario del Senado Rafael Campo A. - El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo _ Bogotá, diciembre 22 de 1939.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Obras Públicas,
Abel CRUZ SANTOS