que concede una recompensa al Coronel graduado Marcos Criales

Rango Ley
Publicación 1887-05-31
Estado Vigente
Departamento CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Consejo Nacional Legislativo,

CONSIDERANDO:

Que el Coronel graduado Marcos Criales fué herido el 25 de Enero de 1885 en el combate de Guataquisito, donde se comportó con extraordinario valor en defensa del Gobierno legítimo, teniendo entonces el grado de Sargento Mayor, y que además prestó señalados servicios á la causa de la Regeneración,

DECRETA:

Artículo único. De acuerdo con el artículo 856 del Código Militar, concédese al Coronel Marcos Criales por una sola vez la recompensa de mil doscientos cincuenta pesos ($ 1,250).

Dada en Bogotá, á veintitrés de Mayo de mil ochocientos ochenta y siete.

El Presidente, M. A. CARO-El Vicepresidente, José M Rubio Frade-El Secretario, Manuel Brigard-El Secretario, Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Mayo 23 de 1887.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) ELISEO PAYAN.

El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho del Tesoro.

Carlos Martínez Silva.

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